Micelio

Artículo 2.2.3.13.1.3

Comité Directivo Del Plan Decenal Del Sistema De Justicia

Decreto 1069 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Comité Directivo del Plan Decenal del Sistema de Justicia. Como instancia encargada del seguimiento al Plan Decenal del Sistema de Justicia créase el Comité Directivo, integrado por:

1.

El Ministro de Justicia y del Derecho, o el Viceministro de Promoción de la Justicia delegado, quien lo presidirá.

2.

El Presidente y el Vicepresidente de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, u otros dos (2) magistrados titulares de esa Sala delegados por aquellos.

3.

El Director del Departamento Administrativo Nacional de Planeación, o el Subdi­rector delegado.

4.

El Fiscal General de la Nación, o el Vicefiscal delegado.

5.

El Director del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, o el Sub­director Delegado.

6.

El Contralor General de la República, o el Vicecontralor delegado.

7.

El Procurador General de la Nación, o el Viceprocurador delegado.

8.

El Defensor del Pueblo, o el Vicedefensor delegado.

El Comité Directivo, por medio de la Secretaría Técnica, podrá invitar a sus sesiones a las Altas Cortes, a asesores expertos, a los Comités Técnicos o a otras instituciones públicas o privadas, quienes asistirán con derecho a voz pero sin voto.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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