Micelio

Artículo 2

Ley 69 de 1939 · por la cual la Nación contribuye a la construcción de edificios para escuelas primarias e industriales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Municipios depositarán a órdenes del Gobierno en la Administración de Hacienda Nacional del respectivo Departamento, las cantidades de dinero que les correspondan, de acuerdo con los planos y presupuestos levantados y aprobados por el Gobierno Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 69 de 1939