Implementación y seguimiento. La implementación de los instrumentos de planificación territorial será responsabilidad de las autoridades competentes en materia de turismo en cada entidad territorial, en coordinación con otras autoridades y actores relevantes del territorio. Con el propósito de evaluar el avance y resultados del desarrollo turístico en el territorio, identificar oportunidades de mejora y realizar ajustes en la planificación, de ser necesario, las Entidades Territoriales establecerán un sistema de seguimiento y evaluación de la implementación de los instrumentos de planificación.
Decreto 1074 de 2015 →Vigente
Artículo 2.2.4.14.7
Implementación Y Seguimiento
Decreto 1074 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.