Micelio

Artículo 11

Son Funciones Del Presidente Del Consejo: A) Presidir Las Sesiones Y Dirigir Los Debates; B) Convocar A Sesiones Extraordinarias Cuando Lo Juzgue Conveniente, O A Solicitud De Cualquier Concejero; C) Nombrar Las Comisiones Que Considere Indispensables Para El Estudio De Los Asuntos De Competencia Del Consejo

Decreto 1832 de 1971 · Por el cual se reglamenta el Decreto 728 de 1968

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones del Presidente del Consejo

a)

Presidir las sesiones y dirigir los debates;

b)

Convocar a sesiones extraordinarias cuando lo juzgue conveniente, o a solicitud de cualquier Concejero;

c)

Nombrar las comisiones que considere indispensables para el estudio de los asuntos de competencia del Consejo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1832 de 1971