Toda erogación de la entidad requiere para ser válida:
Base legal;
Que en el presupuesto exista apropiación suficiente para atender los gastos;
Que en el Acuerdo Mensual de Ordenación de Gastos se haya incluido partida suficiente para el mismo efecto;
Que la Auditoría de la Contraloría General de la República refrende el giro;
Que el crédito haya sido liquidado y reconocido a cargo de la entidad, y
Que el pago haya sido ordenado y refrendado por funcionarios debidamente autorizados.