Vigencia. El presente Decreto rige a partir del 1° de enero de 2022, sustituye el Capítulo 1 del Título 10 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional, y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Decreto 1891 de 2021 →Vigente
Artículo 2
Vigencia
Decreto 1891 de 2021 · Por el cual se sustituye el Capítulo 1 del Título 10 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional, con el propósito de determinar los porcentajes de incremento de los avalúos catastrales para la vigencia 2022
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.