Micelio

Artículo 2

Las Licoreras Departamentales Consignaran El Impuesto A Las Ventas En La Administración De Impuestos Nacionales A Órdenes Del Tesorero General De La República En Una Cuenta Especial Del Banco De La República Del Respectivo Departamento

Decreto 2818 de 1974 · Por el cual se reglamenta el manejo de un impuesto

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las licoreras departamentales consignaran el impuesto a las ventas en la Administración de Impuestos Nacionales a órdenes del Tesorero General de la República en una cuenta especial del Banco de la República del respectivo Departamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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