Micelio

Artículo 2.5.2.3.1.2

Transferencia De Inmuebles Recibidos En Desarrollo Del Artículo 238 De La Ley 1450 De 2011

Decreto 1068 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Transferencia de inmuebles recibidos en desarrollo del artículo 238 de la Ley 1450 de 2011 . CISA podrá enajenar los inmuebles que le hubieren transferido las entidades públicas en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 238 de la Ley 1450 de 2011 y del artículo 26 de la Ley 1420 de 2010 y que a la fecha de expedición de la Ley 1753 de 2015 no hubieren sido enajenados por CISA, siguiendo para el efecto su modelo de valoración y sus políticas y procedimientos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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