Artículo primero. La defensa de los ganados y demás animales en el territorio de la República, contra la invasión de enfermedades exóticas transmisibles y la acción contra las epizootias y enzootias existentes en el país, se liará efectiva por el Gobierno con los medios que el presente" Decreto indica y por conducto del Ministerio de Agricultura y Ganadería, División de Ganadería.
Decreto 1254 de 1949 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1254 de 1949 · Por el cual se toman medidas sanitarias en defensa de la industria pecuaria
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.