Las Disposiciones Contenidas En El Presente Capítulo Reglamentan, De Manera General, El Procedimiento Para La Formulación Y Adopción De Todo Tipo De Planes Parciales Y, De Manera Especial, El Contenido De Los Planes Parciales Para Las Áreas Sujetas A Tratamiento De Desarrollo Dentro Del Perímetro Urbano Y Las Áreas Comprendidas En El Suelo De Expansión Urbana Para Su Incorporación Al Perímetro Urbano, En Concordancia Con Las Determinaciones De Los Planes De Ordenamiento Territorial Y Los Instrumentos Que Lo Desarrollen O Complementen
Decreto 1077 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Las disposiciones contenidas en el presente Capítulo reglamentan, de manera general, el procedimiento para la formulación y adopción de todo tipo de planes parciales y, de manera especial, el contenido de los planes parciales para las áreas sujetas a tratamiento de desarrollo dentro del perímetro urbano y las áreas comprendidas en el suelo de expansión urbana para su incorporación al perímetro urbano, en concordancia con las determinaciones de los planes de ordenamiento territorial y los instrumentos que lo desarrollen o complementen.
Parágrafo
Los planes parciales no podrán en ningún caso, modificar la clasificación del suelo, ni las determinaciones y demás normas urbanísticas adoptadas en los planes de ordenamiento territorial.
(Decreto 2181 de 2006, artículo 1, subrogado por Decreto 4300 de 2007, artículo 1)
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.