Micelio

Artículo 1

A Partir Del Primero De Enero En Curso, El Personal Y Asignaciones Mensuales De Los Empleados Dependientes Del Ministerio De Correos Y Telégrafos, Serán Los Siguientes: Parágrafo

Decreto 21 de 1936 · Por el cual se fija el personal y asignaciones del Ministerio de Correos y Telégrafos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. A partir del primero de enero en curso, el personal y asignaciones mensuales de los empleados dependientes del Ministerio de Correos y Telégrafos, serán los siguientes:

Parágrafo

El gasto que demande el cumplimiento de este artículo se imputará al capítulo 53, artículo 326, del Presupuesto vigente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 21 de 1936