El Instituto dictará un reglamento general de sanciones y procedimiento para los seguros sociales, en el cual se fijarán los procedimientos sobre la imposición, notificación y ejecutoria de las multas previstas en los artículos anteriores, así como los casos en que a su imposición deban preceder requerimientos por parte de las instituciones del seguro social.
Decreto 4225 de 1948 →Vigente
Artículo 58
El Instituto Dictará Un Reglamento General De Sanciones Y Procedimiento Para Los Seguros Sociales, En El Cual Se Fijarán Los Procedimientos Sobre La Imposición, Notificación Y Ejecutoria De Las Multas Previstas En Los Artículos Anteriores, Así Como Los Casos En Que A Su Imposición Deban Preceder Requerimientos Por Parte De Las Instituciones Del Seguro Social
Decreto 4225 de 1948 · Por el cual se aprueban unos Estatutos del Instituto Colombiano de Seguros Sociales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.