Micelio

Artículo 2.2.6.7.3.3.4

Componente De Alimentación, En El Marco De La Ayuda Humanitaria Inmediata

Decreto 1084 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Inclusión Social y Reconciliación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Componente de alimentación, en el marco de la ayuda humanitaria inmediata. Para garantizar el componente de alimentación se llevarán a cabo las siguientes acciones:

1.

Entidad territorial municipal: en calidad de primer respondiente, implemen­tar el plan de contingencia, activar las rutas dispuestas para atender el hecho victimizante e identificar la capacidad local para la atención de las necesidades en alimentación de las poblaciones y/o comunidades afectadas. Si la situación supera su capacidad de respuesta, activar los mecanismos de apoyo subsidiario ofertados por la Gobernación.

2.

Entidad territorial departamental: disponer del mecanismo de apoyo subsi­diario para el componente de alimentación que permita complementar la oferta municipal.

3.

Dirección Territorial de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas: reportar a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas del nivel nacional las necesidades de apoyo subsidiario en alimen­tación identificadas en el CTJT. Acompañar y hacer seguimiento a las entidades territoriales en la activación de los mecanismos de apoyo subsidiario en Ayuda Humanitaria Inmediata, en el marco de la estrategia de corresponsabilidad, y acompañar las intervenciones y entregas de Ayuda Humanitaria que adelante la entidad territorial en el marco de la atención de la emergencia. Adicionalmente, mantener el seguimiento y monitoreo de la evolución del evento y las necesida­des que persistan o surjan en este componente.

4.

Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas - nivel nacio­nal: disponer del mecanismo de apoyo subsidiario para el componente de ali­mentación, una vez el departamento lo solicite, tras haber agotado su capacidad de respuesta.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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