Micelio

Artículo 1

Trasládase En El Presupuesto Nacional Da Gastos Para El Año Fiscal De 1

Decreto 284 de 1921 · Por el cual se hace una traslación en el Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Trasládase en el Presupuesto Nacional da gastos para el año fiscal de 1.º de enero a 31 de diciembre de 1921, del Ministerio de Guerra, capítulo 43-Material del Ejército,-artículo 423, a suma de treinta y tres mil pesos ($ 33,000), a las siguientes imputaciones: MINISTERIO DE GUERRA capitulo 43 Material del Ejército, Artículo 407. Para atender a los gastos de empaques y transportes de elementos para el Ejército $ 30,000 capitulo 45 Flotilla fluvial de guerra, "Cañonero Colombia." Artículo 435. Para los gastos qua ocasione este Cañonero, en el año, así: Material.

Parágrafo 29

Para gastos de reparación del buque. $ 10,000 "Cañonero Hércules." Artículo 436. Para los Gastos que ocasione este Cañonero, en el año, así: Material

Parágrafo 29

Para gastos de reparación del buque 3,000 13,000 Total. $ 33,000

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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