Todo avión de propiedad particular deberá llevar la marca de nacionalidad colombiana y el número de matrícula de que trata el Decreto número 289 de 1927, a saber: La marca de nacionalidad colombiana serán un triángulo que ocupe las cuatro quintas partes de la anchura de cada ala, sobre fondo de color amarillo; en el centro irá una C del tamaño de la mitad de la altura del triángulo, dividida en dos partes iguales por una línea horizontal, pintada la parte superior de azul y la inferior de rojo. La marca de que se trata se colocará de la siguiente manera: En los monoplanos, sobre los extremos de las superficies superior e inferior de cada ala y en los sectores delanteros de cada uno de los planos del timón o timones de dirección. En los multiplanos sobre los extremos de la superficie inferior de cada ala inferior, y 'en los sectores delanteros de cada uno de los planos del timón o timones de dirección. El número de matrícula se colocará en las mismas superficies que llevan la marca de nacionalidad y a una distancia de ésta, igual a las dos quintas partes de la altura del ala. Los tipos del número de matrícula serán de una altura de las cuatro quintas partes, y su gosor, de una quinta parte de la altura del ala. Los números de matrícula se pintarán en color negro
Artículo 24
Todo Avión De Propiedad Particular Deberá Llevar La Marca De Nacionalidad Colombiana Y El Número De Matrícula De Que Trata El Decreto Número 289 De 1927, A Saber: La Marca De Nacionalidad Colombiana Serán Un Triángulo Que Ocupe Las Cuatro Quintas Partes De La Anchura De Cada Ala, Sobre Fondo De Color Amarillo; En El Centro Irá Una C Del Tamaño De La Mitad De La Altura Del Triángulo, Dividida En Dos Partes Iguales Por Una Línea Horizontal, Pintada La Parte Superior De Azul Y La Inferior De Rojo
Decreto 66 de 1934 · Por el cual se reglamenta la aviación civil
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.