Micelio

Artículo 122

Decreto 2137 de 1983 · Por el cual se reorganiza la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Dirección de Sanidad tiene a su cargo la prestación de los servicios indispensables para mantener y mejorar el estado sanitario del personal de la Policía y de quienes tengan el derecho a estos servicios y el cumplimiento de las disposiciones sobre requisitos sicofísicos para ingreso y retiro de Ios miembros de la institución. A esta Dirección corresponde dirigir, supervisar y controlar el funcionamiento del hospital central y de las clínicas regionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2137 de 1983