Micelio

Artículo 14

Para Calcular La Sanción Por Mora Proporcionalmente A La Fracción De Mes, De Acuerdo Con El Artículo 6° De La Ley 8 A De 1970, Se Dividirá La Tasa De La Sanción Por Treinta (30) Y Se Multiplicará Po Rel Número De Días Correspondidos Por La Mora

Decreto 2531 de 1970 · Por el cual se reglamentan los artículos 2º,3º, 5º y 6º de la Ley 8ª de 1970

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para calcular la sanción por mora proporcionalmente a la fracción de mes, de acuerdo con el artículo 6° de la Ley 8 a de 1970, se dividirá la tasa de la sanción por treinta (30) y se multiplicará po rel número de días correspondidos por la mora.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2531 de 1970