°. Cuando en desempeño de su empleo se ausentare de Barranquilla el Interventor, la Oficina quedará a cargo del Secretario, quien hará las veces de aquél conforme a las instrucciones que el mismo Interventor le comunique.
Decreto 365 de 1922 →Vigente
Artículo 4
Cuando En Desempeño De Su Empleo Se Ausentare De Barranquilla El Interventor, La Oficina Quedará A Cargo Del Secretario, Quien Hará Las Veces De Aquél Conforme A Las Instrucciones Que El Mismo Interventor Le Comunique
Decreto 365 de 1922 · Por el cual se reglamenta la Ley 35 de 1921
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.