Micelio

Artículo 8

Ley 31 de 1922 · sobre legalización de créditos suplementales, autorizaciones al Gobierno y apertura de un crédito adicional al presupuesto de gastos de la vigencia en curso

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Facúltase al Gobierno para reconocer y pagar los gastos pendientes de 1917 a 1921 por servicios de Cárceles de Circuito, imputable a vigencias expiradas, y arrendamiento de las mismas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 31 de 1922