°. Composición . La CAAP estará integrada, de manera permanente, por
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, o su delegado, quien la presidirá,
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia, o su delegado, y
El Director del Departamento Nacional de Planeación, o su delegado. Serán miembros de la CAAP, de manera temporal participando con voz y con voto, un representante de los Ministerios o Departamentos Administrativos en los cuales se encuentren incluidos directa o indirectamente los activos sujetos de aprovechamiento y enajenación, o cuando así lo determine la Secretaría Técnica de la misma en virtud de los temas a tratar, los demás Ministros o Directores de Departamentos Administrativos.
Podrán ser invitados de manera permanente o cuando se considere pertinente los representantes de otras instituciones públicas, de la sociedad civil o del sector privado, los cuales participarán con voz pero sin voto.