Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga en especial los Decretos 61 y 2589 de 1997, los artículos 10, 11 y 15 y parcialmente modifica el artículo 12 del Decreto 237 de 1997, demás disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1 de enero de 1998.
Decreto 70 de 1998 →Vigente
Artículo 21
Vigencia
Decreto 70 de 1998 · por el cual se fijan las escalas de asignaciones básicas, régimen de nomenclatura y clasificación de los empleos de la Registraduría Nacional del Estado Civil, y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.