Libreta de Tripulante Terrestre. Este documento sustituye al Pasaporte, su definición, expedición, requisitos, trámite y vigencia se regirá por lo establecido en las Decisiones de la Comisión del Acuerdo de Cartagena sobre transporte internacional de personas y mercancías por carretera. CAPÍTULO III Procedimiento y requisitos para la expedición de los documentos de viaje
Decreto 830 de 2011 →Vigente
Artículo 12
Libreta De Tripulante Terrestre
Decreto 830 de 2011 · por el cual se reglamenta la expedición de documentos de viaje colombianos y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.