º . Establécese en el Ministerio de Defensa Nacional, con carácter transitorio, la Misión Especial para la Policía Nacional, la cual tendrá como objetivo general, adelantar estudios, evaluaciones y efectuar recomendaciones que contribuyan al mejoramiento en el desempeño institucional y optimicen los procesos y resultados al interior de la Policía Nacional y de la Oficina del Comisionado Nacional para la Policía. Sus objetivos específicos serán: 1.1 Analizar y evaluar la situación actual de la institución policial y establecer un plan de acción para prevenir y corregir conductas que lesionen la ética en la institución, de acuerdo con la política de transparencia y lucha contra la corrupción. 1.2 Analizar y evaluar los mecanismos y las prácticas internas de la Policía Nacional, encaminadas a prevenir la corrupción y a mantener un canal de información de la ciudadanía sobre hechos irregulares cometidos por parte de cualquier miembro de la institución y asegurar el fortalecimiento de la integridad institucional, así como asegurar que cualquier falta de un miembro de la institución será puesta de inmediato en conocimiento del Director General de la Policía Nacional y, en todo caso, del Ministro de Defensa Nacional. 1.3 Formular recomendaciones para asegurar las mejores prácticas de control interno, con el propósito de garantizar que los miembros de la institución se ajusten en sus actos al cumplimiento de la ley, de acuerdo con los principios constitucionales que rigen la función administrativa. 1.4 Formular recomendaciones para asegurar las mejores prácticas de control externo, con el fin de que contribuyan a la prevención y corrección de conductas que lesionen la ética en la institución. 1.5 Analizar y evaluar los mecanismos que utiliza la Oficina del Comisionado Nacional para la Policía en el cumplimiento de sus funciones, al igual que los mecanismos de participación ciudadana en el control de la gestión institucional, consagrados en la Ley 62 de 1993.
La Misión podrá consultar con cualquier entidad, organismo o institución pública, asuntos propios para el desarrollo de sus objetivos, debiendo, en todo caso, mantener la reserva sobre la información obtenida.