Archivos y documentos históricos de entidades liquidadas, suprimidas, escindidas o fusionadas.Los organismos del orden nacional, departamental, distrital o municipal que por cualquier razón se supriman, liquiden, dividan o fusionen deberán entregar sus archivos y documentos históricos al Archivo General de la Nación o a los archivos generales territoriales de su jurisdicción.
(Decreto número 1515 de 2013, artículo 9°)