Micelio

Artículo 19

Ley 2564 de 2026 · por medio del cual se crean medidas de sensibilización, visibilización, prevención, protección, atención frente a la salud mental y la violencia del entorno digital en los niños, niñas y adolescentes, se modifican y adicionan los artículos 3°, 30, 31 de la Ley 1616 de 2013 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Adiciónese un parágrafo al artículo 31 de la Ley 1616 de 2013 , el cual quedará así:

Parágrafo

Corresponderá al Ministerio de Salud y Protección Social incluir y aplicar dentro de la Política Nacional de Salud Mental las medidas de sensibilización, prevención, protección y atención frente a la violencia del entorno digital en los niños, niñas y adolescentes, teniendo en cuenta la identificación de las necesidades de los menores, el conocimiento en la estructura del servicio público y privado de las entidades de salud junto con la determinación de modificar o potenciar los mismos, para brindar una mayor protección en los derechos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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