Los funcionarios del Instituto Colombiano Agropecuario - ICA, obligados a nacer cumplir las disposiciones del presente Decreto, gozarán en el desempeño de sus funciones del amparo y protección de las autoridades civiles y militares, y tendrán el carácter de funcionarios de policía sanitaria. CAPITULO V Disposiciones varias.
Decreto 2375 de 1970 →Vigente
Artículo 18
Los Funcionarios Del Instituto Colombiano Agropecuario - Ica, Obligados A Nacer Cumplir Las Disposiciones Del Presente Decreto, Gozarán En El Desempeño De Sus Funciones Del Amparo Y Protección De Las Autoridades Civiles Y Militares, Y Tendrán El Carácter De Funcionarios De Policía Sanitaria
Decreto 2375 de 1970 · Por el cual se dictan normas sobre sanidad apropecuaria
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.