Micelio

Artículo 9

Ley 24 de 1964 · Por la cual se aprueba el Convenio entre la República de Colombia y la República Federal de Alemania sobre protección recíproca de las obras científicas, literarias y artísticas, suscrito en Bogotá el día 11 de mayo de 1959

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO NOVENO

El Presente Convenio entrará en vigencia un mes después del canje de las ratificaciones, el cual se hará en Bonn a la mayor brevedad posible, y regirá por tres (3) años prorrogables tácitamente por períodos de tres (3) años, a menos que se denuncie por una de las Altas Partes Contratantes con un año de anticipación, por lo menos, a la terminación del período respectivo de tres (3) años.

Extendido en dos originales, cada uno en versión española y alemana, quedando ambas versiones igualmente válidas y obligatorias.

En fe de lo cual se firma este Convenio por los Plenipotenciarios respectivos en Bogotá, a once de mayo de mil novecientos cincuenta y nueve.

Julio César Turbay Ayala.

Anton Mohrmann.

Rama Ejecutiva del Poder Público.

Bogotá, D.E., 9 de octubre de 1963.

Aprobado. Sométase a la consideración del Congreso Nacional para los efectos constitucionales

GUILLERMO LEON VALENCIA

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Fernando Gómez Martínez".

Es fiel copia del original que reposa en los archivos de la Cancillería.

Jorge Cervantes Pinzón,

Abogado de la Oficina Jurídica.

Bogota, D.E., 10 de octubre de 1963.

DECRETA:

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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