Micelio

Artículo 11

La Indemnización A Que Se Refiere El Presente Decreto Se Liquidará Con Base En El Salario Promedio Causado Durante El Último Año De Servicios, Teniendo En Cuenta Exclusivamente Los Siguientes Factores: 1

Decreto 1223 de 1993 · por el cual se reglamenta el artículo 8° de la Ley 27 de 1992.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 11. La indemnización a que se refiere el presente Decreto se liquidará con base en el salario promedio causado durante el último año de servicios, teniendo en cuenta exclusivamente los siguientes factores

1.

Asignación básica mensual devengada a la fecha de supresión del cargo;

2.

Prima técnica;

3.

Dominicales y festivos;

4.

Auxilios de alimentación y transporte;

5.

Prima de navidad;

6.

Bonificación por servicios prestados;

7.

Prima de servicios;

8.

Prima de vacaciones;

9.

Prima de antigüedad;

10.

Horas extras.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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