Micelio

Artículo 204

Cuando La Sanción Impuesta Fuere La De Multa, Dentro De Los Cinco (5) Días Siguientes A La Ejecutoria Del Fallo Se Enviarán Copias Auténticas Al Fondo Nacional De Bienestar Social Y Al Pagador Del Funcionario O Empleado Sancionado

Decreto 1660 de 1978 · Por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 15 y 20 de 1972, los Decretos 250 y 762 de 1970, 546 de 1971 y 717 de 1978, y otras disposiciones sobre administración del personal de la Rama Jurisdiccional, del Ministerio Público y de las Direcciones de Instrucción Criminal.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando la sanción impuesta fuere la de multa, dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria del fallo se enviarán copias auténticas al Fondo Nacional de Bienestar Social y al pagador del funcionario o empleado sancionado.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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