º La amnistía de que tratan los artículos 3ºy 4º del presente Decreto, no será procedente en el caso de impugnaciones relativas a solicitudes de devolución de impuestos. Amnistía de requerimiento especial.
Decreto 260 de 1987 →Vigente
Artículo 5
La Amnistía De Que Tratan Los Artículos 3ºy 4º Del Presente Decreto, No Será Procedente En El Caso De Impugnaciones Relativas A Solicitudes De Devolución De Impuestos
Decreto 260 de 1987 · por el cual se reglamenta parcialmente el Capítulo VII de la Ley 75 de 1986.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.