Micelio

Artículo 3

Las Inversiones Forzosas Efectuadas Hasta La Fecha De Expedición Del Presente Decreto, Por Las Cajas Y Secciones De Ahorros De Los Bancos Comerciales A Que Se Refiere El Artículo Anterior, Serán Gradualmente Liberadas Hasta Su Total Cancelación, Por Vencimientos, Sorteos O Amortizaciones Finales

Decreto 1730 de 1974 · Por el cual se interviene en la actividad de la Caja Colombiana de Ahorros, de la Caja Social de Ahorros y de las Cajas y Secciones de Ahorros de los Bancos Comerciales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Las inversiones forzosas efectuadas hasta la fecha de expedición del presente Decreto, por las cajas y secciones de ahorros de los bancos comerciales a que se refiere el artículo anterior, serán gradualmente liberadas hasta su total cancelación, por vencimientos, sorteos o amortizaciones finales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1730 de 1974