Micelio

Artículo 72

Decreto 409 de 1971 · por el cual se introducen reformas al Código de Procedimiento Penal y se codifican todas sus normas.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Ininterrupción de la investigación en caso de colisión. Si se suscitare colisión de competencias entre varios jueces para conocer o no conocer de un mismo proceso penal, mientras no sea dirimida dicha colisión, todos ellos están obligados a practicar, dentro del territorio de su respectiva jurisdicción, las primeras diligencias de investigación.

Lo referente a detención o libertad del procesado será resuelto por el juez que provoque o a quien se provoque la colisión y que actualmente tuviere el proceso.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 409 de 1971