Micelio

Artículo 1

Decreto 1972 de 1969 · por el cual se modifica el Decreto 766 de 1964 (abril 17).

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El artículo 3° del Decreto número 766 de 1964, quedará así:

"Artículo 3° La Dirección de la Lotería de los Territorios Nacionales estará a cargo de una Junta integrada así:

Por el Secretarlo General del Ministerio de Gobierno, o su delegado personal quien la presidirá.

Por el Secretario General del Ministerio de Salud Pública, o su delegado personal.

Por el Director General de Intendencias y Comisarías.

Como Secretario de la Junta actuará el Jefe de la División de Control Administrativo de la Dirección General de Intendencias y Comisarías".

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1972 de 1969