Micelio

Artículo 14

- Hasta Tanto El Gobierno Nacional Expida El Decreto Reglamentario Que Fije Los Requisitos, Condiciones, Amparos Y Cuantías Del Seguro Y Sin Perjuicio De Los Exigidos Por Ley, Las Pólizas De Responsabilidad Civil Contractual Y Extra-Contractual Que Amparen Los Riesgos En Que Incurra El Operador O Empresa, Derivados De La Prestación Del Servicio Serán Las Siguientes: La Póliza De Responsabilidad Civil Contractual Para El Transporte Terrestre Automotor De Pasajeros, Deberá Cubrir Al Menos Los Siguientes Riesgos: A) Muerte; B) Incapacidad Permanente; C) Incapacidad Temporal; D) Gastos Médicos, Quirúrgicos, Farmacéuticos Y Hospitalarios

Decreto 1553 de 1998 · por el cual se reglamenta la prestación del Servicio Público de Transporte en Vehículos Taxi.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

- Hasta tanto el Gobierno Nacional expida el decreto reglamentario que fije los requisitos, condiciones, amparos y cuantías del seguro y sin perjuicio de los exigidos por Ley, las pólizas de responsabilidad civil contractual y extra-contractual que amparen los riesgos en que incurra el operador o empresa, derivados de la prestación del servicio serán las siguientes: La póliza de responsabilidad civil contractual para el transporte terrestre automotor de pasajeros, deberá cubrir al menos los siguientes riesgos

a)

Muerte;

b)

Incapacidad permanente;

c)

Incapacidad temporal;

d)

Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios. El monto asegurable por cada riesgo para esta clase de seguro no podrá ser inferior a 60 salarios mínimos mensuales legales vigentes, por persona. Los riesgos mínimos asegurables de la responsabilidad civil extracontractual serán los siguientes: a) Muerte; b) Daños a bienes de terceros; c) Muerte o lesiones a dos o más personas. El monto asegurable por cada riesgo de seguro no podrá ser inferior a 60 salarios mínimos mensuales legales vigentes. Esta disposición también es aplicable a la persona natural que se conforme como empresa de transporte.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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