Conforme al literal c) del artículo 17 del Decreto 146 de 1976, los planes y proyectos de reorganización general, o parcial de la entidad, se someterán para su revisión y concepto a la Secretaria de Administración Pública de la Presidencia de la República. Los contratos que con el mismo objeto se proyecten celebrar, deberán contar con el concepto favorable de la misma Secretaría.
Decreto 577 de 1978 →Vigente
Artículo 38
Conforme Al Literal C) Del Artículo 17 Del Decreto 146 De 1976, Los Planes Y Proyectos De Reorganización General, O Parcial De La Entidad, Se Someterán Para Su Revisión Y Concepto A La Secretaria De Administración Pública De La Presidencia De La República
Decreto 577 de 1978 · Por el cual se modifican los estatutos del Instituto Nacional para Ciegos, Inci
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.