Micelio

Artículo 28

Decreto 380 de 1986 · por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 2247 de 1984, Estatuto de Personal Civil del Ministerio de Defensa y de la Policía Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El personal civil que por medios fraudulentos obtuviere carné para la prestación de servicios asistenciales, a personas sin derecho a éstos o que hiciera prestar servicios médicos no establecidos por la ley incurrirá en falta disciplinaria y pagará además con destino a la sanidad respectiva, una suma equivalente al doble de las tarifas establecidas para ese servicio. Esta suma será descontada de la asignación mensual de actividad o de las prestaciones sociales, a solicitud de la autoridad correspondiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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