Micelio

Artículo 1

Cartagena

Decreto 735 de 1905 · Por el cual se dispone pasar el Ministerio de Hacienda y Tesoro los valores que están bajo la dependencia del Ministerio de Guerra

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Como el crucero Cartagena en el Atlántico y el cañonero Hércules en el rio Magdalena actualmente no son necesarios en el Ramo de Guerra, desde esta fecha serán puestos á disposición del Ministerio de Hacienda y Tesoro, para que los destine al uso que más convenga á los intereses del Gobierno.

Parágrafo

En estos términos queda reformado el artículo 19 del Decretó número 514 de 26 de Mayo último.

Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 735 de 1905