Micelio

Artículo 2.14.28.2.2

Predios Adjudicables

Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Predios adjudicables. Son adjudicables los predios que surtan trámite de compra directa mediante oferta voluntaria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 160 de 1994, y/o lo establecido en los artículos 61 y 62 de la Ley 2294 de 2023, y las normas que las modifiquen o sustituyan. La Agencia Nacional de Tierras establecerá la cuantificación de las necesidades de tierras de cada Kumpania y organizaciones legalmente constituidas en el estudio socioeconómico, jurídico y de tenencia y funcionalidad étnica y cultural de las tierras.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1071 de 2015