Micelio

Artículo 2

Ley 87 de 1892 · por la cual se aprueba el convenio celebrados en 30 de julio de 1892, entre el Gobierno y el señor Luis Carlos Rico, apoderado de la "Compagnie Franco Belge do Chemina de fer Colombiens" para transigir una reclamación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° En el Presupuesto de Gastos de la próxima vigencia se incluirá la partida correspondiente para cubrir a la "Compagnie Franco-Belge de Chemins de fer Colombiens" la suma estipulada en el contrato a que se refiere la presente ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 87 de 1892