Micelio

Artículo 10

Ley 1279 de 2009 · por medio de la cual se modifican algunos artículos sobre ascensos en cautiverio del personal de Oficiales, Suboficiales y del nivel ejecutivo de la Fuerza Pública, contemplados en los Decretos 1211, 1212, 1213 y 1214 de 1990; 1091 de 1995; 1790, 1791, 1793 de 2000 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cada Fuerza y la Policía Nacional, a través de la Dirección de Prestaciones Sociales, reconocerá el setenta y cinco por ciento (75%) del salario mensual que corresponda al servidor durante el tiempo que permanezca secuestrado, mediante acto administrativo en el cual se establecerán los beneficiarios de ese pago, de acuerdo con la normatividad vigente al interior de la Fuerza Pública.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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