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Artículo 4

Líneas De Inversión Para La Reconstrucción

Decreto 1389 de 2026 · Por el cual se adopta la dfñ5ras Impuestos para la Reconstrucción en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por grave calamidad pública en parte del territorio nacional declarado mediante el Decreto 1261 de 2026 modificado por el Decreto 1348 de 2026

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los proyectos 'financiados mediante la modalidad especial podrán comprender inversiones directamente relacionadas con la atención, recuperación, rehabilitación, reconstrucción, reposición, reforzamiento o mejoramiento de infraestructura y bienes directamente afectados, en los siguientes sectores y líneas:

1.

Vivienda de interés social y de interés prioritario.

2.

Educación pública e infraestructura educativa pública.

3.

Salud pública e infraestructura de salud pública.

4.

Agua potable y saneamiento básico.

5.

Energía y servicios ,públicos asociados a la recuperación.

6.

Infraestructura vial, puentes, aeropuertos, transporte y conectividad.

7.

Tecnologías de la información y las comunicaciones y demás infraestructura necesaria para restablecer servicios esenciales.

8.

Bienes públicos rurales e infraestructura productiva

9.

Infraestructura Deportiva.

10.

Gestión de Riesgo de Desastres.

Parágrafo 1

Los proyectos financiados mediante la modalidad especial deberán estar directamente relacionados con las afectaciones ocasionadas por el terremoto y sus réplicas y corresponder a las necesidades de recuperación y reconstrucción identificadas en los instrumentos oficiales dispuestos para tal efecto.

Parágrafo 2

En ninglJn caso los contribuyentes podrán utilizar la modalidad especial de Obras por Impuestos para financiar la reconstrucción, rehabilitación, reposición, reforzamiento o mejoramiento de activos de su propiedad o destinados predominantemente a su uso o beneficio particular. Los proyectos deberán tener naturaleza de inversión pública o estar destinados a la provisión, recuperación o restablecimiento de bienes, infraestructura o servicios de interés público afectados directamente por el terremoto y sus réplicas.

Parágrafo 3

En el caso de los proyectos de la línea de Vivienda de interés social y prioritario, en el Manual Operativo de Obras por Impuestos para la Reconstrucción se incorporarán requisitos relacionados con la selección de los hogares potencialmente beneficiarios así como las condiciones de entrega de la solución habitacional.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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