°. Los Gobernadores y Alcaldes, en caso de no haber laborado el semestre completo, tendrán derecho al pago proporcional de esta bonificación por cada mes cumplido de labor, dentro del respectivo semestre.
Decreto 4353 de 2004 →Vigente
Artículo 4
Los Gobernadores Y Alcaldes, En Caso De No Haber Laborado El Semestre Completo, Tendrán Derecho Al Pago Proporcional De Esta Bonificación Por Cada Mes Cumplido De Labor, Dentro Del Respectivo Semestre
Decreto 4353 de 2004 · por el cual se dictan disposiciones en materia prestacional para los Gobernadores y Alcaldes.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.