Micelio

Artículo 2

Ley 32 de 1978 · Sobre Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 1979

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Aprópiase para atender los gastos del Gobierno Nacional, durante la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1979, una suma igual a la del cálculo de la Rentas y Recursos de Capital del Tesoro de la Nación, durante la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1979, una suma igual a la del cálculo de la Rentas y Recursos de Capital del Tesoro de la Nación, determinado en el artículo anterior por valor de ciento ocho mil doscientos cincuenta y seis millones quinientos catorce mil cuatrocientos pesos ($108.256.514.400), moneda legal, distribuida entre las distintas Ramas del Poder Público, así:

TERCERA PARTE

Disposiciones generales

De las rentas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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