Micelio

Artículo 2

º

Decreto 3084 de 1966 · por el cual se crea la Prefectura de Registro de Cambios y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. En ejercicio de la vigilancia del mercado de oro y cambios internacionales, el Prefecto de Registro de Cambios adelantará directamente o por intermedio de los funcionarios que él designe las averiguaciones que fueren necesarias para comprobar si las operaciones de cambio internacional se han efectuado en contravención a lo dispuesto por el Decreto Legislativo 2867 de 1966 o de las normas que lo complementen o sustituyan, por cualquiera persona natural o jurídica dentro del territorio nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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