º. Del Presidente. Además de las establecidas en los estatutos, el Presidente tendrá las siguientes funciones
Ejercer la representación legal de la Entidad;
Orientar las actividades tendientes a establecer la misión, visión y objetivos de la Entidad a nivel institucional, así como las estrategias para la obtención de las mismas;
Ejecutar las decisiones de la Asamblea General de Accionistas y la Junta Directiva y diseñar los planes y programas que debe desarrollar la Entidad con base en las políticas fijadas por el Gobierno Nacional;
Dirigir, administrar, controlar y orientar la administración interna de la Entidad para el cumplimiento de su objeto;
Identificar las prácticas administrativas y las reglas que impliquen discriminación o privilegios o que de cualquier otra forma violen el principio de igualdad y disponer su corrección adoptando las medidas a que haya lugar;
Identificar las prácticas administrativas y las reglas que desconozcan el principio de moralidad y los demás establecidos en el artículo 209 de la Constitución Política;
Crear y conformar grupos internos de trabajo mediante acto administrativo, teniendo en cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio y los planes y programas trazados por la Entidad;
Dirigir y coordinar lo relacionado con el control interno disciplinario.