ARTICULO 15 . SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DE BIENES. Son funciones de la Subdirección de administración de bienes
Tramitar peticiones de destinación de bienes decomisados y puestos a disposición de la Dirección Nacional de Estupefacientes.
Estudiar y analizar las actas de incautación.
Organizar los expedientes que serán sometidos a consideración del Comité Interno de Destinaciones y del Consejo Nacional de Estupefacientes, según el caso y ejercer las funciones de secretaría del Comité Interno de Destinaciones.
Proyectar las resoluciones de destinación provisional de bienes, previo concepto del Comité Interno de Destinaciones o autorización del Consejo Nacional de Estupefacientes, según el caso.
Proyectar las resoluciones de revocatoria de Destinaciones provisionales por la no aceptación de los bienes.
Mantener contacto permanente con los Despachos Judiciales, a fin de conocer las providencias definitivas con relación a los bienes puestos a disposición de la Dirección Nacional de Estupefacientes.
Elaborar los proyectos de acto administrativo que ordenen la entrega definitiva de bienes, cuando exista una providencia judicial ejecutoriada que así lo disponga.
Proyectar las resoluciones que autoricen la utilización, destrucción o depósito provisional de sustancias estupefacientes.
Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.