Artículo primero. Reconocer .al Instituto de Crédito Territorial la suma de $ 8.000.00, por concepto de la reedificación de 4 casas que entregó a los siguientes damnificados por los siniestros sísmicos ocurridos en Túquerres en los años de 1935 y 1936, casas cuyo costo fué de $ 4.000 00 por unidad, siendo por tanto de $2.000.00 el auxilio para cada damnificado: Luis Arévalo Benavides; Mélida Montenegro de Alava; Aura Benavides; Néstor Díaz.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.