°. Modifíquese el artículo 6° del Decreto 1784 de 2019, modificado por el artículo 1° del Decreto 876 de 2020, el cual quedará así: “Artículo 6°. Estructura. La estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República será la siguiente
Despacho del Presidente de la República
Despacho del Vicepresidente de la República. 2.1. Oficina del Despacho de la Vicepresidencia. 2.2. Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer. 2.3. Secretaría de Transparencia. 2.4. Dirección de Proyectos Especiales.
Despacho del Jefe de Gabinete. 3.1. Casa Militar. 3.2. Jefatura para la Protección Presidencial. 3.3. Jefatura de Discursos y Mensajes. 3.4. Oficina para la Atención e Integración Socioeconómica de la Población Migrante. 3.5. Consejería Presidencial para la Niñez y la Adolescencia. 3.6. Consejería Presidencial para la Juventud - Colombia Joven. 3.7. Consejería Presidencial para las Comunicaciones. 3.8. Consejería Presidencial para la Información y Prensa. 3.9. Consejería Presidencial para las Regiones.
Despacho del Director del Departamento 4.1. Secretaría Jurídica. 4.2. Oficina del Alto Comisionado para la Paz. 4.3. Consejería Presidencial para la Estabilización y la Consolidación. 4.4. Consejería Presidencial para los Derechos Humanos y Asuntos Internacionales. 4.5. Consejería Presidencial para la Competitividad y la Gestión Público - Privada. 4.6. Consejería Presidencial para la Transformación Digital y Gestión y Cumplimiento. 4.7. Consejería Presidencial para la Seguridad Nacional. 4.8. Consejería Presidencial para la Participación de las Personas con Discapacidad. 4.9. Subdirección General. 4.9.1. Dirección Administrativa y Financiera. 4.9.1.1. Área Administrativa. 4.9.1.2. Área de Contratos. 4.9.1.3. Área Financiera. 4.9.2. Área de Talento Humano. 4.9.3. Área de Tecnologías y Sistemas de Información. 4.9.4. Oficina de Control Interno Disciplinario. 4.9.5. Oficina de Planeación. 4.9.6. Oficina de Control Interno. 4.10. Órganos de Asesoría y Coordinación. 4.10.1. Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno. 4.10.2. Comisión de Personal”.