º Incorpóranse los artículos 1º a 7º del presente Decreto como Capítulo VI del Título I de la Parte Quinta del Libro I del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, titulado De la Prevención de Actividades Delictivas, con la siguiente numeración respectivamente: 1.5.1.6.1., 1.5.1.6.2., 1 .5.1.6.3., 1.5.1.6.4., 1.5.1.6.5., 1.5.1.6.6. y 1.5.1.6.7.
Decreto 1872 de 1992 →Vigente
Artículo 8
Incorpóranse Los Artículos 1º A 7º Del Presente Decreto Como Capítulo Vi Del Título I De La Parte Quinta Del Libro I Del Estatuto Orgánico Del Sistema Financiero, Titulado De La Prevención De Actividades Delictivas, Con La Siguiente Numeración Respectivamente: 1
Decreto 1872 de 1992 · por el cual se interviene la actividad de las instituciones vigiladas por las Superintendencias Bancaria y de Valores
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.