Art. 3.° Declárase incluida en el Presupuesto de Rentas y Gastos la partida de quinientos pesos ($ 500) para dar cumplimiento al artículo anterior.
Ley 114 de 1888 →Vigente
Artículo 3
Gobierno Ejecutivo-Bogotá, Noviembre 24 De 1888
Ley 114 de 1888 · que honra la memoria del Sr. D. Ignacio Gutiérrez Vergara
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.